Un tesoro frágil y vital que cubre casi la
mitad del planeta, nuestros océanos ...
El Tratado de la Alta Mar, o mejor conocido como:
Convenio de Naciones Unidas sobre biodiversidad más allá de las fronteras
nacionales (Biodiversity Beyond National
Jurisdiction, BBNJ), que se ha dado en llamar el Tratado Global de los
Océanos, es uno de los instrumentos internacionales más esperados por la
Organización de Naciones Unidas (ONU) y por todos aquellos que estamos
preocupados por nuestros océanos y la biodiversidad marina.
Se convierte desde el 4 de marzo de 2023, en
una realidad, después de más de una década de negociaciones, constituyendo el
primer tratado para proteger los océanos del mundo fuera de las fronteras
nacionales.
La Quinta Conferencia Intergubernamental se ha
venido reuniendo para crear precisamente un instrumento global legalmente
vinculante bajo la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
(UNCLOS) sobre la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica
marina de áreas fuera de la jurisdicción nacional (Acuerdo BBNJ) el cual, se
desarrolló en la sede de la ONU en Nueva York del 20 de febrero al 4 de marzo
de 2023. Es por esto que, las negociaciones para crear un tratado jurídicamente
vinculante para proteger y regular la alta mar, se remontan en sus orígenes al
año 2002, pero no es hasta el año 2018, cuando se inician las negociaciones,
terminando con una nueva y extraordinaria ronda el lunes 2 de marzo de 2023 que
concluyó el día 4 de marzo de este mismo año. Negociaciones que se habían
detenido durante años por distintas razones; por nombrar uno de ellos, están
por ejemplo los desacuerdos sobre la financiación y los derechos de pesca,
entre otros.
Para grupos ambientalistas, es un momento
histórico para el océano y para la conservación. Los países han dejado de lado
las diferencias para entregar un tratado que permitirá proteger los océanos.
Para otros, el tratado de alta mar, no es más que, el último esfuerzo para
salvarse del naufragio. Ahora bien, es una realidad conocida por todos, que en
cuanto a la conservación y protección de esa riqueza marina, estamos a espaldas
del mar, sabiendo que cada vez es mayor la serie de amenazas que ponen en
riesgo nuestros océanos, por distintos factores, como son la sobrepesca o la
pesca ilegal excesiva, la contaminación por plásticos, la destrucción de hábitats,
la contaminación acústica, la minería del lecho marino, destrucción de los
ecosistemas marinos, así como, los efectos del cambio climático que están
presente cada vez más.
Pero, qué constituye ese espacio marítimo,
denominado alta mar: La Convención de Ginebra sobre la Alta Mar, de 1958, sentó
la siguiente definición en el artículo 1º “Se entenderá por alta mar la parte
del mar no perteneciente al mar territorial ni a las aguas interiores de un
Estado”, no obstante, Kaldone, (1973) sostiene que “la citada definición no
dice lo que la alta mar es, sino lo que no es”. (p.264)
Esa área llamada alta
mar, es considerada por tanto aguas internacionales, en la que todos los países
tienen derecho a pescar, navegar e investigar, no obstante, se estima que sólo
el 1,2% de estas aguas están protegidas. Son aguas que están situadas más allá
de las jurisdicciones nacionales, las cuales llegan a comprender casi dos tercios
de la superficie de los océanos.
Por su parte Stallard, (2023) señala: “Dos tercios
de los océanos del mundo se consideran actualmente aguas internacionales. Eso
significa que todos los países tienen derecho a pescar, embarcar e investigar
allí. Pero hasta ahora sólo alrededor del 1% de estas aguas, conocidas como
alta mar, han sido protegidas. Esto deja a la vida marina que vive en la gran
mayoría de alta mar en riesgo de explotación por amenazas como el cambio
climático, la sobrepesca y el tráfico marítimo”. (p.1)
Ahora bien, el último
acuerdo internacional sobre protección de los océanos tiene 40 años y es
ratificado por 168 Estados Partes, desde el año 1982, siendo un número
significativo, el cual está constituido por la denominada Convención de las
Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, instrumento que, establece en su
articulado como alta mar: “Las disposiciones de esta Parte se aplica a
todas las partes del mar no incluidas en la zona económica exclusiva, en el mar
territorial o en las aguas interiores de un Estado, ni en las aguas
archipelágicas de un Estado archipelágico”.
Es de advertir que, la referida
Convención en su artículo 192, establece "los Estados tienen la obligación
de proteger y preservar el medio marino", siendo preciso considerar además
que, ese espacio que forma parte de la alta mar, no está bajo la jurisdicción
de ningún país, en virtud que este comienza en la frontera de las zonas
económicas exclusivas de los países, tomando en cuenta que la jurisdicción
nacional abarca las zonas económicas exclusivas que pueden alcanzar, en
general, las 200 millas (370 kilómetros) contadas desde las líneas de base a
partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial. Por otra parte, se
encuentra el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica,
aprobado por 196 países, acuerdo que pretende entre otros importantes aspectos,
conservar al menos el 30 % de la tierra, el agua dulce y los océanos a nivel
mundial, es decir que este acuerdo ayudará a detener y revertir la pérdida de
biodiversidad para el año 2030.
La Organización World Wildlife Fund Inc (WWF)
muy acertadamente expresó “Los océanos cubren el 71% de la superficie de la
tierra, regulan nuestro clima, producen la mitad del oxígeno que respiramos y
alimentan a miles de personas. Las aguas marinas, tanto en la superficie como
en las grandes profundidades, albergan una invaluable vida silvestre”, agregando,
además, "(...) tan sólo imaginemos perder esto para siempre”. Esta misma
organización, señaló que la alta mar sustenta pesquerías cruciales, proporciona
hábitats para cientos de miles de especies y ayuda a mitigar los impactos
climáticos, en virtud que el océano absorbe el 23 % de las emisiones de carbono
relacionadas con los humanos.
"Tratado Global de la Alta Mar”
La finalidad del Tratado sobre la Alta Mar, es
la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina en las
zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional de los Estados costeros. Por
tanto, viene a crear un marco para conservar la vida marina y restringir las
actividades dañinas en dos tercios del océano, como es precisamente el que
corresponde con la alta mar, además de ayudar a revertir las pérdidas de
biodiversidad y asegurar el desarrollo sostenible.
Entre los aspectos más resaltantes del tratado,
está en que describe mecanismos para conservar y utilizar de manera sostenible
la biodiversidad marina en áreas más allá de la jurisdicción nacional, incluida
alta mar.
Una de las formas de lograr esa protección de
los océanos, es creando áreas marinas protegidas (AMP) en alta mar, siendo
significativo también en su articulado que se implemente un Marco Global de
Biodiversidad que comprometa a los países a proteger y conservar al menos el 30
% de los océanos y garantizar que el 30 % de las áreas degradadas, estén en
restauración para 2030. En otras palabras, se trata de colocar el 30% de las
aguas internacionales del mundo en áreas protegidas (AMP) para 2030, con nuevas
reglas para la minería en el mar. Otro aspecto significativo, es que se
necesitarán arreglos entre Estados, para compartir recursos genéticos marinos,
como material biológico de plantas y animales en el océano.
Estos pueden tener beneficios para la sociedad,
en la elaboración de productos farmacéuticos y alimentos, mediante la
investigación derivada de los recursos genéticos marinos recolectados en alta
mar, siendo este uno de los aspectos más discutidos en las negociaciones en
cómo alcanzar compromisos sobre la financiación y la distribución de los
beneficios monetarios derivados de la explotación de esos recursos genéticos
marinos, además, la relativo con la capacitación y el reparto equitativo de
esos beneficios.
Por su parte, las evaluaciones ambientales para
actividades en aguas profundas como la minería, necesitarán cumplir una serie
de requisitos, se establece un modelo para los estudios de impacto ambiental de
las actividades planificadas en alta mar y la distribución de los beneficios
potenciales de los recursos marinos recién descubiertos. Es importante, el avance
que se pueda llegar a concretar en la aprobación del tratado, sin embargo, aún
está pendiente el acuerdo legalmente que se adoptará en una sesión posterior,
aunque solo entra en "vigencia" una vez que un número suficiente de
países lo hayan firmado y aprobado legalmente en sus propios países. Esto
significa que puede que tome algún tiempo para que los países lo ratifiquen
para que entre en vigor
Después, corresponde al Comité Científico y
Técnico trabajar en conjunto para entrar a determinar en qué forma los países
adoptaran las medidas acordadas, a fin de garantizar que las propuestas y los
planes de gestión cuenten con evaluaciones periódicas e informes que permitan
lograr avances significativos para alcanzar los compromisos, a través de la
cooperación que tiene que existir entre los Estados, apoyándose en el Comité de
Implementación y Cumplimiento, es decir que, para que pueda implementarse el
tratado será necesario una nueva reunión entre los países de manera de acordar
estos aspectos que son importantes para su eficaz ejecución.
Por último, no
queda más que esperar para conocer el contenido del texto consolidado del
tratado, exhortar a las naciones del mundo para que lo suscriban y pueda
brindar los resultados tan esperados, a fin de mitigar los riesgos que se
plantean en la protección urgente frente a las amenazas presentes y futuras de
esa zona marítima vital para la humanidad.
Jeannette Pérez Fernández
Fuentes consultadas:
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS). ) (1982)
Convención de Ginebra sobre la Alta Mar. (1958)
BBC NEW. (febrero, 4, 2023). Tratado oceánico: acuerdo histórico alcanzado tras una década de conversaciones.
Disponible: https://www.bbc.com/news/science-environment-64815782
Kaldone G, Nweihed (1973). La Vigencia del Mar. Tomo I. Ediciones de la Universidad Simón Bolívar, Equinoccio. Caracas, Venezuela.
World Wildlife Fund Inc (febrero, 4, 2023). WWF: acuerdo histórico sobre alta mar, que marca el comienzo de nuevas reglas para dos tercios del océano. Disponible:
https://wwf.panda.org/?7913966/landmark-high-seas-treaty-agreed#