A partir de este momento les doy las más cordial bienvenida a mi blog, un pequeño espacio para compartir un poco sobre la legislación nacional e internacional en el ámbito marítimo y el comercio internacional. Es inevitable que venga a mi mente el recuerdo que tengo de la visita que realice a la ciudad de Londres, Inglaterra, a la sede de la Organización Marítima Internacional, oportunidad en que participé como asesor de la representación de Venezuela en el Comité de Cooperación Técnica Internacional, esas reuniones me permitieron conocer un poco sobre la dinámica que existe en sus reuniones una vez que los Estados miembros solicitan el apoyo de esa Organización internacional. Comencemos entonces en esta oportunidad conociendo ¿Que es la OMI?, ¿Cuales son sus Comités? y ¿Que función cumple...?
¿Qué es la OMI? La Organización Marítima Internacional es el único organismo especializado de las Naciones Unidas con sede en el Reino
Unido debido al carácter internacional del transporte marítimo. El órgano
rector de la OMI, es la Asamblea, la cual se reúne una vez cada dos años. La
OMI es una organización técnica cuyo trabajo, en su mayor parte, lo realizan
varios comités y subcomítes. Por ser un organismo especializado sus medidas
están encaminadas a mejorar la seguridad de las operaciones marítimas y sus
actuaciones están en un marco internacional, siendo ésta una de las razones de
la eficacia de sus actuaciones y de las medidas que adopta, ya que no dependen
de la acción unilateral de cada país.
¿Cuáles son sus Comités? El Comité de Seguridad Marítima
(CSM) es el comité principal que conforma el grupo de comités de esa
Organización. Otro de ellos es el Comité de Protección del Medio Marino (CPMM),
el cual se encarga de coordinar las actividades de la Organización, encaminadas
a la prevención y contención de la contaminación. Estos dos comités cuentan con
varios subcomités cuyas denominaciones indican los temas de los que se ocupan.
El Comité Jurídico se encarga de examinar todas las cuestiones de orden
jurídico que son competencia de la Organización.
El Comité de Cooperación
Técnica coordina el trabajo de la OMI, en lo concerniente a la provisión de
asistencia técnica en los países que así lo requieran. El Comité de
Facilitación se encarga de las actividades y funciones de la OMI, relativas a
la facilitación del tráfico marítimo internacional, con el fin de reducir las
formalidades y simplificar la documentación que se exige a los buques al entrar
o salir de puertos y otras terminales.
¿Qué función cumple? La principal labor de la OMI es elaborar
los Convenios y otros instrumentos convencionales, desde su creación, este
organismo ha adoptado varios centenares de códigos, directrices o
recomendaciones, relativos a una amplia gama de cuestiones que no se consideran
idóneas para su reglamentación mediante instrumentos convencionales oficiales.
Es importante destacar que, específicamente las
recomendaciones que emanan del seno de esa Organización no tienen fuerza de ley
para los Estados, sirven de orientación en la formulación de reglamentaciones y
prescripciones de carácter nacional.
Por su parte algunos Estados, aplican las
disposiciones de esas recomendaciones incorporándolas en su totalidad o en
parte, a su legislación o reglamentación nacional. Es así, como, en algunos
casos códigos que son importantes, han adquirido carácter obligatorio mediante
la inclusión de las referencias pertinentes en un convenio en específico. Estos comités y subcomités especializados de la OMI están
integrados por representantes de los Estados Miembros.
En la mayoría de los
casos los comités y subcomités son los que se encargan de la labor preliminar
sobre un convenio y después se elabora un proyecto de instrumento, el cual se
remite a una conferencia a la que se invita a las delegaciones de todos los
Estados del Sistema de las Naciones Unidas, incluidos los Estados que no sean
miembros de la OMI, es precisamente esa Conferencia que es adoptada en un texto
definitivo, la que se remite a los Estados para su ratificación.
El instrumento
así adoptado entra en vigor una vez que se ha cumplido con lo estipulado en
diferentes prescripciones, que siempre incluyen la ratificación por un número específico
de países, trayendo como consecuencia, la conformación de un Convenio, que pasa
a convertirse en obligatorio para los Estados Partes.
Conociendo un
poco la Organización y escribiendo éstas lineas vienen a mi mente lugares como
St. Paul´s & The River Thames construcciones emblemáticas como Houses of
Parliament, Trafalgar Square, House Piccadilly Circus, Tower Bridge, and of
course, Kensington Palace and The Gardens of the Queen, and others beautifuls
places. Continuará...
Fuente: Publicación 2007, revista informativa. International
Maritime Organización.