sábado, 7 de noviembre de 2020

Marina Deportiva: Inversión y Desarrollo Sostenible


En Venezuela los Puertos Deportivos se sub clasifican en Marinas y Clubes Náuticos, los cuales sirven de base a flotas de buques dedicados a la actividad deportiva o recreacional. Las Marinas y Clubes Náuticos, albergan lugares para el disfrute de personas desde quienes sólo buscan actividades de ocio, esparcimiento o disfrutar de embarcaciones destinadas para la navegación deportiva o la práctica de algún deporte náutico.

El enorme interés que demandan las actividades deportivas en los espacios acuáticos, su relación con la naturaleza y el respeto por el entorno cobran cada vez más importancia. En la práctica de actividades náutico-deportivas, de recreo, deporte o la pesca no profesional se utilizan instalaciones que permiten el atraque y estadía de embarcaciones deportivas o de recreo aptas para navegar.


Las Marinas son sociedades jurídicamente constituidas y tienen sus propias normas y reglamentos internos. En el caso de los Clubes Náuticos son asociaciones que también tienen sus propias normas de funcionamiento. Es posible afiliarse como asociado a fin de disfrutar de las instalaciones y áreas de esparcimiento. Siendo establecimientos privados las personas asisten como asociados y en esa condición, se hacen acreedores de ciertos privilegios, en cambio, los que no son asociados tienen la posibilidad de tener acceso como invitado.

Eventualmente organizan la práctica de deportes náuticos, como actividad simplemente recreativa o mediante organizaciones estructuradas en clubes o federaciones que permiten la práctica de la pesca de altura, el velerismo, el esquí acuático, Kayak, submarinismo, competencias náuticas como regatas o cualquier actividad que sirven para promover actividades deportivas, recreativas y turísticas.

Las Marinas y Clubes Náuticos incentivan otro tipo de infraestructuras para el disfrute de las personas, como son los complejos habitacionales que tienen en su interior pequeños atracaderos para las embarcaciones y disfrute de sus copropietarios. Es de advertir que, los conjuntos residenciales que están a orillas de playas o en algunos canales navegables no constituyen Puertos Deportivos, es decir, sus instalaciones no pueden ser consideradas una Marina y tampoco un Club Náutico de acuerdo a la legislación venezolana.

Estos condominios náuticos o de playas como suelen llamarlos, están sujetos al régimen de propiedad horizontal según el tipo de infraestructura que corresponda, en su interior disponen de espacios con puestos de atraques para resguardar las embarcaciones de cada propietario. Estas instalaciones algunos las denominan marinas, término que se presta a confusión, cuando en realidad lo que poseen en su interior es un atracadero privado que forma parte del conjunto residencial. Sus instalaciones se rigen por normas de Derecho Privado. Los atracaderos constituyen una construcción de tipo portuario, figura que se establece en la Ley General de Puertos.

Estos pequeños embarcaderos de uso particular que están o forman parte de las casas de playa o conjuntos residenciales necesitan obtener una autorización que otorga la Autoridad Acuática (INEA). Esa autorización en Venezuela permite que un particular pueda construir, operar, mantener y administrar un muelle, embarcadero o atracadero de interés local o particular.

¿Por qué existen cada vez más aficionados al mundo náutico deportivo?

La construcción y administración de puertos de uso deportivo y recreacional, así como, de Clubes Náuticos y Marinas impulsan de manera significativa la economía en cualquier país con extensas costas, mar y ríos navegables, considerando la cantidad de servicios que giran en torno a sus instalaciones. Esas actividades recreativas están estrechamente vinculadas con establecimientos turísticos y ofertas de alojamiento (hoteles, posadas), prestadores de servicios turísticos (operadores de buques), empresas que realizan el turismo náutico (submarinismo, windsurf, excursiones), propiciando en su conjunto una atractiva comunidad que abre la oportunidad de negocios sostenibles.

El funcionamiento de una Marina o un Club Náutico requiere de un personal para atender las instalaciones en sus diferentes servicios internos (mantenimiento de lugares de esparcimiento, muelles, atracadero, entre otros). El personal necesario para su funcionamiento esta conformado por administradores, mecánicos, tapiceros, técnicos electricistas, personal de limpieza, mantenimiento, custodia y, en especial, quienes dirigen las operaciones desde algún muelle o embarcadero que forma parte de ese establecimiento. Las distintas actividades que se realizan y el mejor uso e interacción que puedan tener con las comunidades locales y el respeto por la naturaleza en esos espacios se traduce en un desarrollo sostenible.

En cuanto a la actividad propiamente de la navegación, por un lado, están quienes operan las embarcaciones como propietarios, con o sin tripulación contratada y por otra parte están los huéspedes e invitados. También están aquellos que gestionan la actividad desde un punto más comercial y crean empresas náuticas, permitiendo realizar la actividad de una forma más especializada que configura lo que se conoce como alquiler o (chárter náutico) de la embarcación. Estas personas o empresas facilitan diversos servicios que son necesarios para la navegación en embarcaciones deportivas, estos pueden variar, algunos incluyen la oferta de estadía o fondeo de las embarcaciones, además pueden conformar paseos turísticos que permiten a las personas navegar por los espacios acuáticos.

Los buques de la marina deportiva también se utilizan para celebrar eventos privados de cierta índole y el alquiler puede variar de acuerdo al número de personas a bordo, el tiempo de estadía o si el evento tiene lugar fin semana o días festivos, siendo esta una de las formas como las personas pueden tener acceso a la navegación deportiva o de recreo sin la necesidad de realizar una gran inversión para comprar una embarcación.

De cualquier forma, siempre es posible la contratación de una tripulación de no poseer ningún tipo de experiencia como navegante. La navegación deportiva es propicia para el disfrute a bordo de gran multitud de actividades náuticas de ocio y deporte, entre las que se encuentran, el esquí acuático, windsurf o surf, submarinismo, entre otros.



Playa Grande Yachting Club-Venezuela
Imagen (https://playagrande.com.ve)

En cuanto a sus ingresos, estos varían, según las características del puerto deportivo y el tipo de instalación, bien sea una Marina o un Club Náutico, algunos pueden depender de los ingresos de los servicios que se prestan en sus instalaciones. También están las cuotas que aportan los asociados. Se estima como una importante fuente de ingresos la oferta de espacios para las embarcaciones o alquiler de puestos de amarre o atraque, siendo éste uno de los ingresos más rentables en estos establecimientos.

El tamaño de los buques e infraestructura disponible es lo que permitirá albergar el mayor número de embarcaciones que están bajo resguardo en las instalaciones que tienen que estar aptas para el atraque, estadía y desatraque de buques deportivos o de recreo en sus instalaciones, los cuales pueden nacionales o extranjeros, lo que incide directamente en los ingresos que perciben.

Licencia Deportiva y Recreacional:

Para navegar embarcaciones deportivas las personas deberán poseer una licencia de la Marina Deportiva y Recreacional, para esto se necesita adquirir conocimientos en marina deportiva, a través de cursos especializados, los cuales comprenden desde patrón deportivo de primera y segunda hasta capitán de yate, los requisitos para obtenerla, en el caso de Venezuela, están en la Ley de Marinas y Actividades Conexas. Las personas que obtienen la licencia pueden ejercer al mando o están autorizados para navegar buques destinados a la navegación deportiva y recreativa.

Es conveniente antes de realizar alguna inversión, utilizar la opción del alquiler de embarcaciones para conocer mejor la actividad con la cual la persona se desea involucrar. Los artefactos tales como jet sky, tablas de surfing y otros artefactos flotantes de propulsión humana y similares, no requerirán de licencias deportiva y recreativa, pero si necesitan un permiso especial restringido otorgado por la Capitanía de Puerto de la circunscripción acuática correspondiente.

Construcción y Administración de Puertos Deportivos

La Ley de Marinas y Actividades Conexas, establece que las construcciones de cualquier índole permitidas por la ley, ubicadas en aguas territoriales e interiores, situadas a la orilla del mar, lagos, ríos, riberas y demás porciones navegables, en una extensión hasta de cincuenta (50 mts), tienen que estar autorizadas a través del Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA), siendo el ente especializado que tiene a su cargo la Administración de los Espacios Acuáticos nacionales.

Concatenado con lo anterior, la Ley General de Puertos establece que las construcciones y demás bienes inmuebles ubicados en el espacio terrestre son susceptibles de apropiación por particulares, sin perjuicio de la jurisdicción que ejercen las autoridades competentes sobre la franja costera en los términos previstos en las leyes que rigen la materia.

De cualquier forma, los Puertos Deportivos, entre los que se encuentran las Marinas y Clubes Náuticos, considerando la legislación vigente necesitan una “concesión de funcionamiento”. Esta concesión es la autorización otorgada por el (INEA) para la construcción, operación, administración o mantenimiento de puertos de interés local y para los puertos privados de uso privado y función deportiva.

Cabe considerar que la construcción de Marinas y Clubes Náuticos, en su mayoría es posible gracias a la inversión privada. La parte pública también tiene participación, aunque ha sido el sector privado el que ha realizado las mayores inversiones en la construcción de Marinas y Clubes Náuticos.

Parque Nacional Morrocoy: Cayo Sal, Venezuela

Inversión y Desarrollo Sostenible

La seguridad jurídica que se otorgue al sector privado como principal inversionista favorece la construcción de nuevos puertos deportivos o ampliación y mejora de los ya existentes. Lograr incentivar inversiones es prioritario. Esto implica que se puedan beneficiar de los incentivos fiscales creados en la legislación nacional. Establecer reglas claras para el otorgamiento de concesiones de funcionamiento es otra prioridad, considerando que las operaciones que realizan éste tipo de puertos, es sólo a usuarios determinados y con fines recreacionales. La administración y operación de un puerto deportivo y los servicios que lo rodean puede generar importantes fuentes de ingresos para las comunidades.

Propiciar condiciones a fin de incrementar la flota de buques destinados a la Marina Deportiva, se traduce en un desarrollo para la Marina Mercante Nacional. Saber aprovechar las bondades que la naturaleza ofrece en un país con extensas costas, playas y hermosos archipiélagos, es una ventaja comparativa para fomentar el turismo. La práctica de deportes náuticos tiene una interrelación con la naturaleza que agrega valor ecológico, siempre que las actividades se realicen conservando y respetando el medio marino.

Las instalaciones de Marinas y Clubes Náuticos, demandan personal, bienes y servicios que guardan relación con importantes actividades conexas del sector acuático, desarrollar esos servicios en este importante sector productivo puede generar una mayor fuente de empleo y de consumo para el desarrollo económico nacional. Los establecimientos náuticos juegan un importante papel en la conservación y protección del ecosistema marino costero. La inclusión de las comunidades es vital para preservar y conservar ese entorno, sin agotar los recursos y los medios que lo hacen posible a fin de alcanzar un desarrollo sostenible.

Por último, es posible afirmar que las actividades que tienen lugar en los espacios acuáticos, son un componente importante del Poder Marítimo, por ser parte de los intereses acuáticos que se derivan de los intereses nacionales, ya que esa utilización y el aprovechamiento sostenible de los espacios acuáticos de la Nación, así como el uso que se haga de ellos es la base de las potencialidades que tiene Venezuela como país marítimo.


Jeannette Pérez Fernández


Este artículo está publicado por Ases del Mar en Revista On Board+ año 1, número 2, septiembre 2020. En el siguiente enlace:

Revista On Board+